miércoles, 22 de octubre de 2014

Informe V reunión Comisión Absentismo

Se ha celebrado la 5ª reunión de la Comisión de Absentismo, tratándose los siguientes puntos en el orden del día:
  •         Lectura y aprobación acta nº4
  •         Seguimiento VRU
  •         Resultados absentismo cierre septiembre 2014 y planes de acción
  •         Información RD 625/2014 sobre gestión y control de la IT
  •         Campañas
1- Lectura y aprobación acta nº4
2.- Seguimiento VRU
Se informa que la implantación del sistema VRU para la notificación de I.T. por parte del trabajador empezó el 2 de abril del 2012, y a 9 de julio de ese mismo año ya estaba extendido en todos los territorios.
En su comienzo hubo sus deficiencias, que ya se han ido  subsanando, llegándose a implantar un buzón de gestión de incidencias que atiende personal de RR.HH. para las anomalías que puedan surgir. Se aclara que como plan de contingencia, y debido a que en ocasiones no se confirmaba la grabación (por ejemplo cuando los sistemas se encontraban saturados, como puede ser por nóminas) se da por grabado, dejando ese proceso a posteriori.
Se dispone de una web llamada ATENEA donde quedan reflejadas todas las llamadas al VRU, incluso incidencias, donde sólo se registran datos propios de la gestión de la incapacidad, que antes hacía el administrativo,  sin tratar ningún dato de confidencialidad para el trabajador. Esta web a 20 de octubre ha registrado 51.587 llamadas este año, atiende una media de 63 incidencias semanales, y 13 procesos diarios.
Se ha enviado una comunicación informando sobre el procedimiento de la  ausencia por causa médica o IT.
Desde UGT solicitamos una valoración tras la implantación del RD 625/2014, informando la empresa que este sistema ha tenido buena aceptación por parte de la plantilla y los mandos. Indican que el nuevo Real decreto afectará al proceso, por lo que se irá ajustando a las necesidades  dando seguridad a los mismos para no crear contradicciones a la legalidad vigente.
Desde UGT planteamos a la empresa la duda sobre la confidencialidad de los datos médicos a través de este procedimiento y de las personas que puedan tener acceso a ellos. La empresa responde que este proceso solo recoge los datos de las llamadas pero sin datos médicos, sólo fechas, horas y días de cuándo se han producido los contactos.
3.- Resultados Absentismo y Planes Acción
Los resultados que aporta la empresa de este año a cierre el 30 de septiembre son los del grafico anexo;
Se hace mención a las bajas de más de 3 días, en el que el total de procesos es de 1.187, que repartidos por territorio son;
            Territorio Norte         172
            Cataluña                   211
            Territorio Este           134
            Territorio Sur            297
            Centro                      373
La empresa dentro en su exposición nos traslada los problemas que el absentismo genera a la empresa (problemas organizativos, baja productividad, perdida de eficiencia, mayor carga de trabajo para el resto de trabajadores…) y al empleado (pérdida de salud, desubicación del grupo de trabajo, ansiedad y preocupación…) manifestando que el servicio mancomunado estudia cada baja, comunicándose con el empleado, buscando maximizar el seguro privado, y mostrando una gran preocupación por el llamado “microabsentismo”.
Informan que se han realizado 11.075 revisiones médicas, con 288 propuestas de alta (27 retiradas de complemento) y 284 revisiones del puesto de trabajo. 
Plan de Gestión del Absentismo
Nos hacen una presentación en la que indican que reducir el absentismo es un objetivo de todos, para mejorar el estado de salud y bienestar y conseguir una empresa saludable y evitar la sobrecarga de los compañeros.
La empresa informa sobre las actuaciones a seguir:
  •      Llamar al empleado desde el primer día
  •      Asesoramiento Médico
  •      Potenciar Antares
  •      Reuniones periódicas con los territorios
  •      Seguimiento de las bajas
  •      Analizar bajas cortas y reiteradas
  •      Adaptación y limitación de funciones después de alta médica
  •      Identificación por parte de los mandos de posibles anomalías
  •      Campañas saludables – Feel Good
La empresa hace una mención especial de las I.T. reiteradas, indicando que pretende abordarlas desde la óptica de la salud, por lo que contactará con los trabajadores/as afectados para informar y poner a su disposición todos los medios necesarios para su recuperación.
Desde UGT hemos reiterado a la empresa nuestra petición de que se desglose  la información de absentismo por áreas,  con el fin de poder realizar y analizar mejor las posibles causas que puedan originar estas situaciones e identificar aquellas áreas que puedan generar patologías concretas, como por ejemplo las orientadas al trato directo con los clientes.
Desde UGT aclaramos que sólo se puede considerar como absentismo la ausencia del trabajador a su puesto de trabajo medida en jornadas perdidas, bien por causas médicas, diferenciando entre enfermedad común o accidente no laboral y accidente laboral o enfermedad profesional, bien por causas laborales (permisos con sueldo, traslados, ...). quedando fuera de este cómputo las ausencias generadas por permisos sin sueldo, maternidad, derechos sindicales, huelgas, vacaciones y formación. 
En UGT defendemos la reducción del absentismo únicamente desde un punto de vista de la mejora de la salud de los trabajadores/as. Desde la prevención se han de tomar  medidas, como por ejemplo, potenciando las encuestas de riesgos sicosociales que se están realizando gracias a las reivindicaciones que UGT  ha sostenido a lo largo de los últimos tiempos para el colectivo de trabajadores de comercial, cuyo resultado ha de servir para que se adopten las medidas paliativas que sean necesarias para atender los resultados de las mismas. 
Manifestamos que todo es prevención y el objetivo debe ser tanto la mejora de los procedimientos y protocolos de seguridad en el trabajo, para prevenir accidentes, como la mejora de la calidad de las relaciones laborales. Desde ambas perspectivas debemos afrontar la reducción del absentismo, para lo que UGT siempre estará en disposición de colaborar y trabajar.
UGT  mantiene su compromiso para lograr entre todos establecer las fórmulas adecuadas para, desde la prevención y un buen clima laboral, incidir positivamente en la salud de los trabajadores/as y disminuir así los ratios de absentismo.
 4.- Información RD 625/2014 sobre gestión y control de la IT   
La empresa proporciona información sobre la entrada en vigor del nuevo RD en materia de absentismo, sobre el que UGT ya ha realizado una amplia  campaña divulgativa, entregando dípticos con un resumen de las modificaciones legales. 
En el BOE del 21 de julio, se publicó el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, que regula determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración, con efectos a partir del 1 de septiembre de 2014, sustituyendo al Real Decreto 575/1997, de 18 de abril,  recogiendo las siguientes novedades:  
  •  NUEVAS TABLAS ORIENTATIVAS DE PROCESOS PATOLÓGICOS
Los facultativos que expidan la baja médica debe hacer constar la duración estimada del proceso de incapacidad a cuyo fin se les facilitará tablas de duración óptima de los procesos patológicos y tablas sobre el grado de incidencia de dichos procesos en las actividades laborales.
Hay que tener en cuenta que, en los procesos de incapacidad temporal gestionados por el servicio público de salud, la inspección médica o el médico de atención primaria expedirán un informe de control de la incapacidad. Y, además, en aquellos cuya duración prevista sea superior a 30 días naturales, el segundo parte de confirmación de baja irá acompañado de un informe médico complementario expedido por el mismo facultativo que extendió el parte anterior. Informes complementarios que se actualizarán con cada dos partes de confirmación de baja posteriores. Informes y pruebas médicas a los que tendrán acceso los inspectores médicos (art. 4 RD 625/14).
  •  DESAPARECEN LOS PARTES SEMANALES
Según el art. 2.3 de este Real Decreto se establecen cuatro grupos de procesos de acuerdo con el periodo estimado de baja. 
  • Procesos de duración estimada inferior a 5 días naturales: el facultativo emitirá los partes de baja y alta en el mismo acto médico.
  • El trabajador podrá solicitar que se le realice un reconocimiento médico el día fijado como fecha de alta.
  • Procesos de duración estimada de entre 5 y 30 días naturales: el primer parte de confirmación se emitirá 7 días después, y los posteriores cada 14 días.
  • Procesos de duración estimada de entre 31 y 60 días naturales: el primer parte de confirmación se emitirá 7 días después, y los posteriores cada 28 días.
  • Procesos de duración estimada de 61 o más días naturales: el primer parte de confirmación se emitirá 14 días después, y los posteriores cada 35 días.

  • CONTROL DESDE EL PRIMER DÍA POR LA MUTUA
Anteriormente la Mutua no podía intervenir hasta el 16ª día pero ahora podrá dar su opinión desde el primer día.
Como hemos indicado, el facultativo realizará, al igual que ahora, un reconocimiento médico al trabajador, previo a la baja, que le permita precisar la patología objeto de diagnóstico y su posible incapacidad para realizar su trabajo. 
La consideración inicial de la contingencia podrá ser revisada a instancia motivada del servicio público de salud o las mutuas, ante el INSS.
Si el trabajador acude al servicio público de salud con el informe médico inicial de la mutua que considera que la patología causante es común, puede ocurrir:
  1. Que el servicio de salud emita parte de baja por contingencia común, ante lo cual el trabajador podrá formular reclamación por la consideración otorgada a la contingencia ante el INSS.
  2. Que el facultativo que emita el parte de baja formule discrepancia frente a la consideración de la contingencia que otorgó la mutua.
En ambos casos se seguirá el procedimiento regulado en el artículo 6 del Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre, que asimismo es modificado, sin perjuicio de que el parte médico produzca plenos efectos en el segundo caso.
La resolución que se dicte establecerá el carácter común o profesional de la contingencia, el sujeto obligado al pago de las prestaciones y la prestación de asistencia sanitaria, en su caso.
  • SUSPENSIÓN DE LA BAJA SI NO SE ACUDE AL RECONOCIMIENTO MÉDICO
El INSS o las mutuas, podrán disponer que los trabajadores en situación de incapacidad temporal sean reconocidos por los inspectores médicos de las primeras o por los médicos dependientes de las segundas, citándoles con una antelación mínima de 4 días hábiles, advirtiéndoles que, de no acudir, se suspenderá cautelarmente la prestación hasta la justificación de la ausencia, o se extinguirá en caso de no justificarse (art. 9 RD 625/2014) si la falta de personación no queda justificada en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha fijada para el reconocimiento, se procederá a la extinción del derecho definitivamente.
No obstante, en el caso de que justifique esta ausencia, recuperará la prestación desde el primer día de la suspensión. 
  • TRAMITACIÓN VÍA TELEMÁTICA DE LOS PARTES
Los partes de altas y bajas se administrarán a diario a través de Internet; ello facilitará que las empresas puedan controlar desde el primer momento las deducciones que se aplican a las prestaciones por incapacidad laboral al abonar las cuotas de la Seguridad Social. 
  • LA MUTUA EXPEDIRÁ EL PARTE DE BAJA SI ES ACCIDENTE DE TRABAJO  O ENFERMEDAD PROFESIONAL
Los servicios médicos de la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social expedirán el parte cuando la causa de la baja médica sea un accidente de trabajo o una enfermedad profesional y el trabajador preste servicios en una empresa cuya gestión de la prestación por tales contingencias la tiene asociada a una mutua.
Igualmente expedirán los partes de confirmación de la baja o de alta (art. 2.1 RD 625/2014).
  • LOS MÉDICOS ADSCRITOS A LA MUTUA PODRÁN FORMULAR PROPUESTAS DE ALTA
Los médicos adscritos a las mutuas podrán formular propuestas motivadas de alta médica a las unidades de la inspección médica del servicio público de salud que, si no son resueltas en el plazo de 5 días (hasta febrero 2015 inclusive, 11 días), permitirán a la mutua solicitar el alta al INSS, que resolverán en 4 días (hasta febrero 2015 inclusive, 8 días) (art. 6 y D.T. 2ª RD 625/14).           
5.- Campañas
La empresa informa de las campañas, que antes  estaban dirigidas a dar consejos y recomendaciones, y ahora pretenden dirigirse a los hábitos, potenciando la actividad física, la mejora de la nutrición, seguridad vial, prevención del cáncer de piel y hábitos del sueño.
Las campañas que vienen generándose se hacen con carácter  interactivo, con encuesta, para quienes participen en las mismas obtengan una respuesta por parte de los servicios de prevención mancomunados, así como una serie de  recomendaciones personalizadas. La empresa nos traslada que unos 2.000 empleados han participado hasta el momento en las campañas, estando actualmente inmersos en  periodo otoñal con la campaña de la gripe, donde la empresa está siendo proactiva.

UGT manifiesta que es positivo todo lo que redunde en prevención, sobre todo si hay una interacción por parte de la plantilla y es participe de dichos procesos mediante los mecanismos que faciliten el feedback empresa-trabajador.

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