Estimados compañeros y compañeras:
Acabamos de recibir con agrado, la notificación de una sentencia plenamente estimatoria sobre reconocimiento de demandas de UGT sobre derecho y cantidad a efectos de antigüedad de los periodos trabajados con contrato formativo.
El juez, reconoce a nuestra afiliada:
El computo a efectos de antigüedad en la empresa de todos los periodos trabajados con contratos formativos.
Se regulariza el precio del bienio al valor actual y de la categoría correspondiente a fecha de sentencia.
Se reconocen las cantidades solicitadas en concepto de atrasos correspondientes a cantidades que se le adeudan desde un año anterior que UGT inicio el Conflicto Colectivo mas un 10% de interés de mora.
Esta primera sentencia del proceso promovido desde UGT, nos viene a dar la razón jurídica en todos nuestros planteamientos y confirma la conveniencia de interponer demanda individual, algo que, aunque electoralmente no repercutiera positivamente, si lo hace en derechos y en cantidades para los/as trabajadores/as, evitando así dilatar aun mas en el tiempo, lo que tanto llevamos esperando.
Todavía no podemos cantar victoria, puesto que la sentencia es recurrible y no es ni extrapolable ni vinculante para el resto de juzgados, aunque si despeja el camino de los que aún estamos pendientes de juicio y o sentencia.
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